viernes, 31 de diciembre de 2010

Asientos especiales para obesos en espectáculos públicos


Deberán tener un ancho mínimo de 80 cm y la profundidad mínima será de 70 cm. No se podrá cobrar precio especial por su uso y su distribución deberá ser a lo largo de toda la sala. La iniciativa fue aprobada en el Senado y ahora espera ser convertida en ley en Diputados.

El Senado de la Provincia de Buenos Aires aprobó en la última sesión de este año la iniciativa presentada por el presidente del Bloque de la Coalición Cívica, Javier Mor Roig.

"El Estado debe dar respuestas, ya que muchos ciudadanos de la Provincia se ven discriminados al no poder concurrir a los espectáculos públicos, por no contar con ubicaciones apropiadas para su comodidad", sostuvo el legislador en sus fundamentos.

El senador provincial y candidato a intendente de La Plata por la Coalición Cívica aseguró que: "La sociedad debe respetar a la persona excedida de peso y brindarle las mismas posibilidades que al resto de los individuos".

Ahora deberá ser tratada en la Cámara de Diputados de la provincia. De aprobarse el proyecto, la ley abarcará a todo ámbito donde se realicen espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento, como cines, teatros, salas de espectáculos y estadios, destinados al público en general deberá contar con asientos especiales.

Los asientos especiales deberán tener un ancho mínimo de 80 cm y la profundidad mínima será de 70 cm. Además, el número mínimo de asientos especiales por local es de 5 unidades; o el 5 por ciento del número total de asientos por local, sólo si este número fuera mayor que 200.

Estos asientos deberán estar ubicados en las distintas secciones del establecimiento, no permitiendo la creación de sectores exclusivos para los mismos. Los asientos especiales no deben colocarse juntos, sino que deberán encontrarse esparcidos en la sala o establecimiento.

Asimismo, el precio de las entradas correspondientes a los asientos especiales no deberá ser distinto al del resto de las entradas.

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