lunes, 25 de julio de 2011

Obligaciones y derechos de una autoridad de mesa

La Cámara Nacional Electoral comenzó el envío de las notificaciones a quienes fueron seleccionados para ser Presidentes de Mesa en las próximas elecciones del 14 de agosto. Habrá sanciones para quienes no se presenten.

A partir de esta semana las personas que hayan sido designadas para ser Presidente de Mesa comenzaron a ser notificadas por la Justicia Nacional Electoral que comenzó con el envío de las notificaciones correspondientes a través del correo tradicional.

Aquellas personas que fueran notificadas pero no quisieran ser autoridad deberán excusarse a tres días de recibir la notificación y únicamente podrá invocar razones de enfermedad o de fuerza mayor debidamente justificada.

Aquellos que hayan sido notificados y no se presenten el día de la elección serán penados con seis meses a dos años de prisión, según lo estipula el artículo 132 del Código Nacional Electoral. La obligacion de presentarse rige no sólo para los Presidentes titulares sino también para los suplentes.

En esta oportunidad también se abrió un registro de voluntarios, que sólo serán convocados, a través de un telegrama, en caso de ser necesario para cubrir posibles ausencias de las autoridades designadas en forma aleatoria, según informó la Cámara Nacional Electoral.

Los Presidentes de Mesa deberán capacitarse para cumplir con su función. La fecha de capacitación será notificada en el mismo telegrama o puede ser consultado en www.electoral.gob.ar. Además se emitirá un video informativo por televisión, en fechas que pueden consultarse en el mismo sitio.

Quienes sean autoridades de mesa percibirán la suma de $200 por elección más $50 por capacitación.

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